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Colombia · CST 2026

Calculadora de liquidación laboral en Colombia

Esta calculadora estima tu liquidación laboral en Colombia: cesantías, intereses a las cesantías, prima de servicios, vacaciones y, si aplica, indemnización por despido sin justa causa, con base en el Código Sustantivo del Trabajo (CST) y el método comercial de 360 días que usan las nóminas colombianas. Ingresa tus fechas, tu salario mensual y el motivo de tu retiro para ver el desglose completo, línea por línea, directamente en tu navegador.

Total estimado de tu liquidación Completa los campos de arriba.

Estimación informativa con base en el Código Sustantivo del Trabajo (CST) de Colombia, usando el método comercial de 360 días (Art. 64, 186, 249, 306 CST y concordantes). No sustituye asesoría legal o contable profesional ni una liquidación de nómina certificada: no incluye descuentos ni retenciones, no cubre contratos por obra o labor, y usa el salario mensual que ingresas como base sin verificar si corresponde a salario integral. Consulta al Ministerio del Trabajo o a un abogado laboralista para tu caso concreto.

Actualizado 2026-01-01 · Fuente: Decreto 1469 de 2025 (Gobierno de Colombia)

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¿Qué es la liquidación laboral en Colombia?

La liquidación laboral es el pago que tu empleador debe hacerte cuando termina tu contrato de trabajo, sin importar si renunciaste, si te despidieron con justa causa o si te despidieron sin justa causa. Este pago reúne las prestaciones sociales que ya te ganaste durante el tiempo que trabajaste: no es un "favor" del empleador, es dinero que ya es tuyo por ley, según el Código Sustantivo del Trabajo (CST).

En Colombia, la liquidación laboral básica incluye cuatro conceptos que se calculan de forma proporcional al tiempo que trabajaste: cesantías, intereses a las cesantías, prima de servicios y vacaciones. Si tu contrato terminó por un despido sin justa causa, se suma además la indemnización correspondiente. Esta calculadora te muestra cada uno de estos valores por separado, no solo el total, para que puedas verificar tú mismo si tu liquidación fue calculada correctamente.

Cómo se calculan las cesantías

Las cesantías equivalen a un mes de salario por cada año completo de trabajo, proporcional si trabajaste menos de un año. La fórmula que usa esta calculadora (y la mayoría de las herramientas oficiales) es:

Cesantías = (Salario base × Días trabajados) / 360

El "salario base" incluye el auxilio de transporte si tienes derecho a recibirlo (salario de hasta 2 salarios mínimos). Los "días trabajados" se cuentan con el método comercial de 360 días al año / 30 días por mes que usa la nómina colombiana, así que todos los meses valen lo mismo, sin importar si tienen 28, 30 o 31 días calendario.

Tu empleador debe consignar tus cesantías en un fondo de cesantías (a tu elección) antes del 14 de febrero de cada año. Si renuncias o te despiden a mitad de año, las cesantías del periodo que llevas trabajando en ese año se te pagan directamente al momento de la liquidación.

Intereses a las cesantías: el 12% anual

Además de las cesantías mismas, tu empleador te debe pagar un 12% anual sobre el valor de tus cesantías, proporcional al tiempo trabajado. Este pago se llama "intereses a las cesantías" y se paga directamente a ti (no al fondo de cesantías), normalmente antes del 31 de enero de cada año. La fórmula es:

Intereses = (Cesantías × Días trabajados × 0,12) / 360

Muchos trabajadores no saben que este pago existe por separado de las cesantías. Si tu liquidación no lo incluye, es un valor que probablemente te deben.

Prima de servicios: se liquida por semestre

La prima de servicios equivale a 30 días de salario al año, pero se paga en dos cuotas semestrales: la primera antes del 30 de junio (por el semestre de enero a junio) y la segunda antes del 20 de diciembre (por el semestre de julio a diciembre). Si tu contrato termina a mitad de un semestre, te corresponde la parte proporcional de ese semestre en curso:

Prima = (Salario base × Días trabajados en el semestre) / 360

Igual que las cesantías, la base de la prima incluye el auxilio de transporte si aplica.

Vacaciones: 15 días hábiles por año

Por cada año de trabajo tienes derecho a 15 días hábiles de vacaciones remuneradas (o la parte proporcional si trabajaste menos de un año). A diferencia de las cesantías y la prima, el auxilio de transporte no hace parte de la base para calcular las vacaciones: se calculan solo sobre tu salario ordinario.

Vacaciones = (Salario mensual × Días trabajados) / 720

Si ya disfrutaste parte de tus vacaciones del periodo actual antes de tu retiro, esos días se descuentan del valor que te deben pagar. Por eso la calculadora te pregunta cuántos días de vacaciones ya tomaste.

El auxilio de transporte: ¿te corresponde?

El auxilio de transporte es un valor adicional al salario que reciben los trabajadores que devengan hasta 2 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) y que viven a más de 1.000 metros de su lugar de trabajo. Para 2026, el auxilio de transporte es de $249.095 COP al mes (Decreto 1470 de 2025), sobre un salario mínimo de $1.750.905 COP (Decreto 1469 de 2025), es decir que aplica hasta un salario de $3.501.810 COP.

El auxilio de transporte suma a la base de cesantías, intereses y prima de servicios, pero no suma a la base de las vacaciones. Si no estás seguro de si te corresponde, revisa tu desprendible de nómina: si aparece un rubro llamado "auxilio de transporte", ya lo estás recibiendo.

Indemnización por despido sin justa causa

Si tu empleador terminó tu contrato sin una causa legal justificada (Art. 62 CST), tienes derecho a una indemnización adicional a tu liquidación básica. El valor depende del tipo de contrato y, en contratos a término indefinido, de tu salario (Art. 64 CST, modificado por la Ley 789 de 2002):

Si renunciaste voluntariamente o te despidieron con justa causa comprobada, la indemnización no aplica: solo recibes la liquidación básica (cesantías, intereses, prima y vacaciones).

Ejemplo de cálculo: 2 años de trabajo, despido sin justa causa

Veamos un ejemplo completo. Supongamos que trabajaste exactamente 2 años (720 días por el método comercial de 360 días), con un salario mensual de $3.000.000 COP, recibiendo auxilio de transporte, y te despidieron sin justa causa con un contrato a término indefinido:

ConceptoCálculoValor
Cesantías($3.249.095 × 720) / 360$6.498.190
Intereses a las cesantías($6.498.190 × 720 × 0,12) / 360$1.559.566
Prima de servicios (semestre en curso)($3.249.095 × 180) / 360$1.624.548
Vacaciones($3.000.000 × 720) / 720$3.000.000
Indemnización (30 + 20 días, <10 SMMLV)50 días × $100.000/día$5.000.000
Total estimado$17.682.304

Puedes reproducir este mismo ejemplo (o el tuyo) en la calculadora de arriba para ver el desglose completo con tus propios datos.

Ejemplo de cálculo: 1 año y medio, renuncia voluntaria

Ahora un caso más común: renunciaste voluntariamente después de trabajar 1 año y 6 meses, con un salario mensual de $2.000.000 COP, sin auxilio de transporte, habiendo tomado ya 5 días de vacaciones del periodo actual:

ConceptoValor aproximado
Cesantías$3.005.556
Intereses a las cesantías$542.002
Prima de servicios (días desde el inicio del semestre)Depende de cuánto llevas en el semestre en curso
Vacaciones (menos 5 días ya disfrutados)$1.169.444
IndemnizaciónNo aplica (renuncia voluntaria)

Nota cómo, al ser una renuncia, no hay indemnización: solo se pagan los cuatro conceptos de la liquidación básica.

¿Qué NO incluye esta calculadora?

Esta calculadora te da una estimación informativa clara y transparente, pero hay algunos casos particulares que quedan fuera de su alcance actual. Todos los cálculos se hacen directamente en tu navegador, sin enviar tus datos a ningún servidor (puedes ver el detalle completo en nuestra política de privacidad):

Para estos casos, o si tienes dudas sobre tu situación específica, te recomendamos consultar directamente con el Ministerio del Trabajo o con un abogado laboralista.

¿Cuándo debe pagarte tu empleador la liquidación?

La ley colombiana no fija un plazo único y expreso para el pago de la liquidación final tras la terminación del contrato, pero la práctica y la jurisprudencia laboral establecen que debe pagarse dentro de un plazo razonable, normalmente dentro de los días siguientes a tu último día trabajado. Lo que sí tiene plazos legales exactos son las prestaciones que se pagan de forma periódica durante la vigencia del contrato:

Cuando termina el contrato, todo lo que se te debe de estos tres conceptos (proporcional al tiempo trabajado desde el último pago) se liquida y se paga junto con tus vacaciones y, si aplica, tu indemnización.

¿Qué hacer si tu empleador no te paga la liquidación?

Si tu empleador se demora de forma injustificada en pagarte la liquidación, la ley colombiana contempla una sanción moratoria conocida como "indemnización por falta de pago" (Art. 65 CST): un día de salario por cada día de retraso, hasta por 24 meses, contados desde el día siguiente a la terminación del contrato. Pasado ese periodo, si aún no te han pagado, empiezan a causarse intereses moratorios sobre lo adeudado.

Si tu empleador no responde a tus reclamos directos, puedes acudir al Ministerio del Trabajo para presentar una queja, solicitar una audiencia de conciliación, o iniciar directamente un proceso ante un juez laboral. Guarda siempre tu contrato de trabajo, tus desprendibles de pago y cualquier comunicación relacionada con tu retiro: son la prueba principal para reclamar lo que te corresponde.

Preguntas frecuentes

¿Cómo se calculan las cesantías en Colombia?
Las cesantías se calculan con la fórmula (Salario base × Días trabajados) / 360, donde el salario base incluye el auxilio de transporte si tienes derecho a recibirlo. Equivalen a un mes de salario por cada año completo trabajado, de forma proporcional.
¿Qué es el auxilio de transporte y cuánto es en 2026?
Es un valor adicional al salario para trabajadores que ganan hasta 2 salarios mínimos y viven a más de 1.000 metros de su trabajo. En 2026 es de $249.095 COP mensuales (Decreto 1470 de 2025), sobre un salario mínimo de $1.750.905 COP.
¿La prima de servicios se paga completa al terminar el contrato?
No necesariamente completa: se paga la parte proporcional a los días trabajados en el semestre en curso (enero-junio o julio-diciembre), no el año completo, salvo que ya hayas trabajado el semestre entero.
¿Cuánto me corresponde de indemnización si me despiden sin justa causa?
Depende del tipo de contrato y, en contrato indefinido, de tu salario: con salario menor a 10 SMMLV son 30 días el primer año más 20 días por cada año adicional; con salario de 10 SMMLV o más son 20 días el primer año más 15 días por cada año adicional. En contrato a término fijo, corresponde el salario de los días que faltaban para completar el plazo pactado, mínimo 15 días.
¿Tengo derecho a indemnización si renuncio voluntariamente?
No. La indemnización por terminación del contrato solo aplica cuando el empleador termina el contrato sin una justa causa legal. Si renuncias voluntariamente, o si te despiden con justa causa comprobada, solo recibes la liquidación básica: cesantías, intereses, prima y vacaciones.
¿Las vacaciones incluyen el auxilio de transporte?
No. A diferencia de las cesantías, los intereses y la prima, la base para calcular las vacaciones es solo tu salario ordinario mensual, sin sumar el auxilio de transporte.
¿Qué es el método de 360 días que usa esta calculadora?
Es el método comercial que usa la nómina colombiana para contar los días trabajados: cada mes se cuenta como 30 días y cada año como 360 días, sin importar los días calendario reales de cada mes. Así todas las liquidaciones se calculan de forma consistente.
¿Esta calculadora reemplaza una liquidación oficial de nómina?
No. Es una estimación informativa basada en el Código Sustantivo del Trabajo para que puedas verificar tu propia liquidación, pero no sustituye un cálculo de nómina certificado ni asesoría legal o contable profesional para tu caso concreto.
¿Cuánto tiempo tiene mi empleador para pagarme la liquidación?
No hay un plazo único fijado expresamente por ley para el pago final, pero debe hacerse dentro de un plazo razonable tras tu último día trabajado. Si tu empleador se demora de forma injustificada, la ley contempla una sanción de un día de salario por cada día de retraso (Art. 65 CST), hasta por 24 meses.
¿Qué pasa si tengo un contrato a término fijo y me despiden sin justa causa?
En un contrato a término fijo, la indemnización corresponde al valor de los salarios que faltaban para completar el plazo pactado del contrato, con un mínimo de 15 días de salario, independientemente de tu tiempo de servicio.

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